30/9/12

Efecto para la libertad de expresión de la reforma al Código Penal Argentino en delitos contra el honor


La Sra. Presidenta de Argentina se refirió esta semana en las Universidades de Georgetown y Harvard a los delitos contra el honor (calumnias e injurias) que fueron objeto de reforma en 2009 a través de la Ley 26.551. La reforma fue efectiva para reducir la criminalización de la expresión en Argentina.  Sin embargo, a pesar de ese cambio normativo, persiste la utilización del derecho penal para perseguir expresiones de interés público. Los datos de los juzgados ordinarios y federales relevados por el CELE en la investigación “Calumnias e Injurias: a dos años de la Reforma del Código Penal” demuestran que funcionarios públicos siguen utilizando el código penal para defender supuestos ataques al honor a pesar de la ley mencionada.

A partir del análisis realizado en el estudio del CELE pueden generarse algunas hipótesis de por qué la reforma no logró erradicar las querellas vinculadas con expresiones de interés público a dos años de su implementación. Un motivo, vinculado con la propia redacción de la reforma, puede ser la falta de definición del término “interés público”, que otorga a los jueces cierta discreción respecto de qué expresión constituiría delito y cual no. Otro motivo, vinculado a la propia estructura de la reforma, puede vincularse con la necesidad subsistente de abrir el caso a prueba para determinar la existencia o inexistencia del interés público en la expresión. Si lo que se pretendía era que ciertas querellas fueran rechazadas in-limine por considerarse a la conducta excluida del tipo penal, la necesidad de analizar la expresión en busca del interés público sería en principio incompatible con el objetivo perseguido.

La nueva legislación en Argentina, si bien es un avance, por su redacción puede seguir invitando al abuso tal como demuestra el estudio del CELE que se presentó ayer en la Universidad de Palermo y que fue objeto de una extensa nota periodística en el diario La Nación. La necesidad de entrar judicialmente en una discusión respecto del interés público de la expresión es, en sí misma,  contradictoria con los fines propios de la reforma, entre los cuales figura la eliminación del efecto amedrentador no sólo de las condenas sino de los propios procesos penales. Los resultados de la investigación del CELE permiten concluir que la despenalización de la expresión de interés público sirvió de incentivo para la reducción en el número de causas presentadas pero no logró, como se pretendía y al menos hasta ahora, la eliminación total de la persecución penal de expresiones de interés público.

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